Como antecedente en la presente investigación se detalla el vacío procesal que existe para la aplicación del divorcio y la terminación de la unión de hecho, facultad otorgada a los notarios, a raíz de la promulgación de la Ley Reformatoria del Código Orgánico General de Procesos, mediante la cual se suprimió del numeral 22 del artículo 18 la Ley Notarial, el procedimiento para tramitar los divorcios y terminaciones de unión de hecho por mutuo consentimiento en sede notarial, dejándole inaplicable jurídicamente a esta nueva facultad. El objetivo es el proponer un proyecto de Ley que reforme el numeral 22 del artículo 18 de la Ley Notarial, para poder tramitar los divorcios y terminaciones de unión de hecho por mutuo consentimiento sin hijos. La metodología utilizada comprende un estudio Histórico- Lógico, Jurídico Doctrinal, de enfoque cualitativo, además de los métodos empíricos en el análisis documental, legislación comparada; y, las entrevistas. Los resultados en ambos estudios pernotan las limitadas acciones del proceso notarial en caso del divorcio y separación de unión de hecho, no hay un conceso real que estimule el libre consentimiento de las partes, sin una mediación de la judicatura. Como conclusión se pretende diseñar un procedimiento notarial para que puedan los notarios aplicar su facultad de tramitar el divorcio y la terminación de hecho por mutuo consentimiento, con la finalidad de que estos actúen bajo los principios constitucionales relacionados con la seguridad jurídica, legalidad y tutela efectiva.